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miércoles, 7 de septiembre de 2011

Misiva enviada en Febrero de este año a la oficina juridica del Defensor del Pueblo Europeo y que ha sido aceptada a tramite

Muy Sr./Sra., Mio/a.

Atentamente le adjunto un documento, para que debidamente ustedes estén informados sobre la situación de desigualdad por razón de sexo, que se esta cometiendo desde el año 2004 en España y sobre todo en los últimos tres años, creemos desde esta Asociación sin animo de lucro y que no percibe ninguna subvención, ni estatal, ni autonómica y mucho menos europea, que tengan a bien de hacerla llegar a quien corresponda, que esperamos sea, el Defensor del Pueblo Europeo.

Atentamente y en espera de su contestación, reciba un cordial saludo.

Jose Luis

Secretario

CCMADEMEFA

Defensor del Pueblo Europeo

Avenue. Del President Robert Schuman

CS 30403-FR 67001

Strasbourg Cedex – Francia

Telf.- 33(0)388172313

Presentación y Denuncia

Estimado Sr./Sra.

Tenemos a bien, el proceder desde esta Asociación de ámbito español, la cual es una Asociación sin animo de lucro, que no recibe ningún tipo de subvención institucional, ni estatal, acreditada dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía (C.C.A.A.), con el nombre de “Custodia Compartida Málaga por los Derechos del Menor y Familia” (CCMADEMEFA) y a su vez incluida dentro de FADIE ( Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva), compuestas por hombres MALTRATADOS y perjudicados, por una Ley discriminatoria y totalitaria de ámbito Nacional, que atenta contra los Derechos Humanos por razón de sexo y en vista de la desigualdad por parte del Gobierno del Reino de España, de los políticos y del Poder Judicial los cuales incumplen la primera Ley por la que un Estado que se hace llamar de Derecho debería de regirse, como en esta Nación Democrática que es nuestra Carta Magna de 1978, además de nuestro Código Penal y Civil que están supeditada a la primera, nos encontramos en la necesidad de denunciar y dar a conocer, ante usted, Defensor del Pueblo Europeo, como integrantes de pleno derecho de esta Comunidad, los siguientes puntos por los cuales exponemos:

1. Con la denominación de “Violencia de Genero” desde el año 2004, en su nombre se han creado políticas que restringen las garantías de Libertad, reflejando el sistema Penal Español el desfase entre lo que proclama la Constitución sobre libertades y garantías, y lo que el Gobierno, políticos, jueces, fiscales, abogados y policías realizan en su trabajo diario.

2. Al limitar únicamente el ámbito de la violencia del hombre contra su pareja mujer, deja de contemplar que esta es ejercida también a la inversa, de la mujer hacia el hombre en relaciones de pareja, excluyendo como no puede ser de otra forma, a las parejas homosexuales (gay y lesbianas) que también sufren por desgracia esta lacra del siglo XXI, contraviniendo el Art. 14 de la Constitución Española el cual establece los principios de igualdad en esta Nación.

3. Mediante esta regla justifican una norma que hacen llamar de “Discriminación Positiva”, la cual implica una desigualdad hacia la mujer ya que es tratada de inferior en las relaciones de pareja, obviando que una cosa es luchar contra la “Violencia Domestica” y la “Violencia de Genero”, y otra muy diferente es el vivir a costa de ella, por lo que el principio de igualdad de la Constitución Europea y la de España a dejado de existir.

4. Desde la entrada en vigor en el año 2004 de esta Ley, que ni sirve, ni es útil para combatir la “Violencia de Genero”, sé esta impidiendo la mediación en las rupturas de pareja, volviéndolas aun más traumáticas de los que ya son, por el simple hecho de que esta no da dinero por parte de la UE, creando tales naufragios en los cuales los primeros en hundirse son nuestros hijos / as, ya que parten de la preexistencia de una desigualdad, que lo único que han realizado es convertirla en una “Guerra de Genero”. La normativa 1/98 del 21 de Enero de 1998, del Comité de Ministros del Consejo de Europa, ha dejado de existir en España.

5. La Resolución 12/1986 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, referente a la mediación y conciliación, ha dejado de existir en España.

6. En España al padre lo han convertido solo en un mero proveedor económico, algo periférico, alejándolo de las funciones paternales y despreocupándole forzosamente por Ley de la crianza de sus hijos / as.

7. El reglamento de la UE 2201/03, sobre “Responsabilidad Parental” el cual evita la aparición del SAP en los menores, ha dejado de existir en España.

8. En España, su Gobierno y el Poder Judicial, incumplen todos los tratados y convenios firmados en el ámbito Internacional, sobre Derechos Humanos, incumpliendo además la Constitución Europea y todo lo firmado en el TEHD de Estrasburgo.

9. En España se juzga, confundiendo los términos “Violencia Domestica”, “Violencia Machista” y “Violencia de Genero”, ámbitos en los que debería de quedar restringida el marco penal, esta expresión sacada de la Resolución de la Asamblea de la UN 48/104 de 20 de Diciembre de 1993 y reproducida en la Conferencia de Beijing IX/95 mediante la traducción del Ingles al Castellano y la cual según nuestra Real Real Academia Española (RAE) es incorrecta, se califica un enfrentamiento entre hombres y mujeres y viceversa como de maltrato, siendo un grave error, que además fomenta la obtención de intereses económicos y privilegios, por venganza, dándose la situación de que en un 90% de las denuncias son falsas, por lo que solo en el 2010, se genero él numero de 1.497 muertes de hombres inducidos al suicidio, por una ley discriminatoria, desigual y por la injusticia de la justicia y del gobierno que la ampara.

10. Desde el Observatorio Español sobre Violencia de Genero, se están inflando unas estadísticas por beneficios económicos, las cuales han sido y están siendo desmontadas por diversas Plataformas por la Igualdad Efectiva y Real entre hombres y mujeres, como puede ser a modo de ejemplo en la que interviene el Sr. Serrano, Juez de la Audiencia Nacional, siendo estas estadísticas, siempre sacadas de las aportaciones de dicho organismo, y quedando de esta forma real:

· De las 35.270 denuncias, en el 3º trimestre del 2010, resultan como sentencias condenatorias 7.604 el 29,9%, sobre el total de las sentencias concluidas y un 21,56% de las denuncias formuladas. Siendo 17.138 en un 67,08% las que no acaban en condenas, el resto unas 10.000 ni están, ni aparecen, siendo archivadas.

· Los datos del Observatorio sobre la LIVG, dan como referencia sobre 530 denuncias como muestra para demostrar que no existen las denuncias falsas, (mienten, gobierno, políticos, jueces y el observatorio. Siendo la realidad la siguiente, el 6,42% unas 34 denuncias, son apelaciones de sentencias en juicios de faltas. El 89,6% unas 472 denuncias, son apelaciones de sentencias en procedimientos abreviados. El 4.53% unas 24 denuncias, son sentencias dictadas en únicas instancias por Audiencias Provinciales.

· El Observatorio de la LIVG afirma que son 439 sentencias condenatorias, mienten, la realidad es que el 59,33% una 267, son insultos ocasionales entre ambas partes tras una ruptura traumática. El 21,78% unos 98 casos, se debieron a amenazas leves ante la negativa de la madre a que los hijos / as vieran al padre. El 10,22% unos 46 casos, se debieron al quebrantamiento de las condenas, propiciado en un 90% de los casos por la supuesta victima que además pidió medidas de protección policial, ordenes de alejamiento y ayudas económicas. Solo un 6,22% unos 28 casos, si pueden ser susceptibles de entrar dentro de esa “Violencia de Genero”.

· Ese 6,22% extrapolado al total de las sentencias del 3º trimestre del 2010, se convierten solo en 473 casos sobre 17.604. Esos 473 casos frente al total de 25.574 asuntos concluidos conforman el 1,85% del total de los asuntos.

· Este 1,85% no se puede ni se debe, hacer extensivo al 98,15% restante, por lo que existen 4.000 mujeres las cuales están olvidadas y no son atendidas a consecuencia del poder político, el gobierno, el poder judicial y las asociaciones afines, como consecuencia de las falsas denuncias con las cuales consiguen las ayudas de la UE que se reparten entre todos. Si esas 4000 mujeres existen, resulta que en España hay 130.000 hombres MALTRATADOS por una política discriminatoria y totalitaria por razón de sexo, que los lleva a la perdida del “HABEAS CORPUS”, la PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, a la DETENCIÓN del hombre de una forma INDIGNA y HUMILLANTE en mas del 75% de los casos.

11. En España se incumplen el Art. 456-457-458-459-460-461-462, de los Capítulos V/ VI sobre acusaciones falsas y simulación de delitos, sin perjuicio alguno para quien lo realiza en este caso la mujer, siendo protegida por el Gobierno, el Poder Judicial, el Instituto de la Mujer, los Políticos y Asociaciones afines que se lucran del dinero que sé redcibe de la Comunidad Europea para este fin.

12. En España se incumple el “Habeas Corpus” por norma general, Ley que se encuentra en nuestra Constitución desde el 24 de Mayo de 1984 y rubricada por SSMM D. Juan Carlos I. Esto no se hace con ningún TERRORISTA, ya sea de ETA, IRA, AL-QAEDA, etc., o cualquier otro de la misma índole.

13. En España ser hombre por nacimiento aquí o foráneo, que decida libremente convivir, casarse o ser pareja de hecho de una mujer en España, es arriesgarse a ser denunciado en el momento que sea y por cualquier motivo, convirtiéndote en culpable, siendo vejado y humillado, sin presunción de inocencia, convirtiéndote los poderes públicos en el nuevo paria de la sociedad sin derechos algunos, solo por el simple hecho de haber nacido hombre, valiendo solo la palabra de la mujer para ello, sin mas pruebas.

14. A los datos anteriormente citados no podemos por menos que añadir, el estudio realizado por D. José Luis Sariego, abogado y mediador familiar, además de ex asesor del Consejo del Poder Judicial (CGPJ), quien presenta en tesis ante la Comisión Europea en el 2010, los siguientes datos desmontando así las mentiras del Observatorio de Violencia de Genero en España, siendo estos los siguientes:

· Denuncias del 2007 al 2010. - 470.706

· Sentencias del 2007 al 2010. - 78.423

· Sentencias por delito del 2007 al 2010. - 40.081

· Sentencias por faltas del 2007 al 2010. - 29.341

· Sentencias por conformidad del 2007 al 2010. - 58.880

· Sentencias absolutorias del 2007 al 2010. - 14.359

· Sentencias condenatorias del 2007 al 2010. - 5.184 (1,10%)

· Recursos de apelación con absolución del hombre: condenas.- 4.002, recursos estimados.- 1.512, hombres realmente condenados.- 2.489, hombres inocentes con sentencias en primera y segunda instancias.- 24.061.

· Porcentajes de condenas sobre total: ciudadanos condenados.- 25.574 (100%), ciudadanos condenados.- 2.489 (9,73%), ciudadanos absueltos.- 23.085 (90.20%.

· Condenas “TRAMPAS” (por conformidad): sentencias sin conformidad.- 1.525 (61,9%), sentencias con conformidad.- 963 (38,71%.

· Éxito actual de la LVG (4T2010) según el CGPJ: Hombres denunciados.- 25.574, hombres condenados con el 100% de las garantías legales.- 1.525 (61,9%), cada condena a costado 423.000€ aprox.

· Vulneración de Derechos Fundamentales de la LIVG del 2004: Presunción de inocencia, inviolabilidad del domicilio, derecho de asistencia jurídica real, juicio sin dilaciones, derecho a tutela efectiva, derecho a asistencia medica, derecho a ser informado de acusación, derecho a HABEAS CORPUS.

· Ayudas de la UE por Videncia de Genero al estado español: por cada denuncia formulada 3.200€, por condena 0€, de 3.200 a 6.100€ para gastos de los servicios en la lucha de Violencia de Genero en España. ,

· Donde va y quien recibe ese dinero de la UE: Juzgados de VSLM, gastos en servicios nuevos de protección policial para la mujer, creación de nuevos puestos de trabajos en PIM, CIM e Institutos de la Mujer, etc., creación de nuevos puestos de trabajo en Diputaciones y CCAA relacionadas, ayudas y subvenciones a Asociaciones exclusivamente de mujeres, fondos para Colegios Abogados y Psicólogos relacionados, fundaciones y universidad (estudios), 15% ayuda a mujeres maltratadas (Seguridad Social, pisos tutelados, etc..

· Datos globales sobre fondos CGPJ: 650.000 denuncias desde la entrada en vigor de la Ley en 2004 a 3.200€ por denuncia, hacen una cantidad de 2.080.000.000€ de la UE, en la antigua moneda española seria de unas 347.360.000.000 Ptas.

· La Violencia de Genero en los presupuestos del Estado y las CCAA: el estado a destinado desde 2004 un total de 12.125.000.000€. Las Comunidades Autónomas, las Diputaciones y Ayuntamientos 21.200.000.000€.

· Pero cuando la sentencia es absolutoria donde va ese dinero?, Todos siguen cobrando, menos la mujer que denuncio. Se debería a todos los niveles sobre todo el EUROPEO de donde sale toda esta ayuda, reflexionar sobre estos datos.

· Cifras comparativas: mujeres muertas 2009. - 59 (presupuesto año 2.145.000.000€), muertes en el tajo 2009. - 4.651 (presupuesto año 342.000), muerte violentas niños / as.- 212 (presupuesto 0€), hombres muertos por Violencia Genero 2009. - 26 (presupuesto 0€.

· Fondos obtenidos directa o indirectamente por los partidos políticos: PSOE 42%, PP 28%, ERC/PNV 7%, IU 6%, CC/BNG 3%, Sindicatos UGT/CCOO 7%, VICTIMAS 5%.

15. Esta es la ley que en España, regula la culpabilidad de un inocente desde el momento que es denunciado por una mujer, perdiendo la dignidad, el honor, la libertad, la presunción de inocencia y sobre todo a sus hijos / as, mediante una ley totalitaria, inconstitucional, sexista que ordena y manda la culpabilidad de una persona por haber nacido hombre, el 25 de Octubre de 1999, la doctora Muriel Newman afirmaba: “la carencia del padre es la más grande patología del siglo XXI, pierden la conexión paterna y convierten a los padres en marginados……. Países del todo el mundo reconocen que la “Custodia Exclusiva” promueve el conflicto y la alineación parental (SAP), mientras que las leyes basadas en la cooparentalidad mantienen a los progenitores en contacto con sus hijos”.

16. En 1933 la IIª Republica de España y su marco político, aprueban una Ley que llaman de vagos y maleantes, la cual a groso modo decía que todo aquel que no tuviera oficio ni beneficio, ósea, que fuera pobre tendría que ser encarcelado y reeducado, con la llegada del movimiento y ya en 1939 con la victoria del bando nacional, se le añade además la palabra homosexual y esta queda en vigor hasta los años 90n en que se deroga, hoy en pleno siglo XXI, esta Ley vuelve a la palestra del ámbito nacional Español, pero con la denominación de LIVG, y con la única palabra de HOMBRE, convirtiéndonos así en los nuevos parias de la sociedad Española, por el simple motivo de haber nacido Hombre.

Atentamente reciba un cordial saludo en espera, de su contestación.

Juan Carlos Estrada

Presidente

CCMADEMEFA

“Custodia Compartida Málaga por los Derechos del Menor y Familia”

telf.- xxxxxxxxxxxxx

malaga.cc@hotmail.es

6 comentarios:

  1. Gracias por vuestro esfuerzo.
    Un afectado de hace 19 años.
    Gracias.

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  2. Aun hace falta mas esfuerzos por parte de todo el mundo,si los que seguimos combatiendo el mal somos los mismos no conseguiremos nada,aun asi, gracias a usted por ese agradecimiento anonimo, desde esta Asociacion realizamos lo que podemos, con los pocos medios de que contamos a nuestro alcance.

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  3. Excelente demanda. Nos mantendremos atentos al resultado de la misma. Aunque los defensores no pueden hacer nada en realidad (solo recomendaciones) al menos hacen que la opinión pública vaya cambiando y se vaya creando un clima positivo para acometer reformas por parte de los gobiernos. Enhorabuena. Mi total apoyo.

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  4. Esta demanda ha sido aceptada a tramite, a partir de aqui desconocemos como va el tema de la investigacion que se este produciendo, en Agosto de este año, hemos mandado otro informe pero con la colaboracion de otras tres asociaciones,con lo cual, esperamos la apertura de un nuevo expediente.

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