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miércoles, 7 de septiembre de 2011

Misiva enviada en Febrero de este año a la oficina juridica del Defensor del Pueblo Europeo y que ha sido aceptada a tramite

Muy Sr./Sra., Mio/a.

Atentamente le adjunto un documento, para que debidamente ustedes estén informados sobre la situación de desigualdad por razón de sexo, que se esta cometiendo desde el año 2004 en España y sobre todo en los últimos tres años, creemos desde esta Asociación sin animo de lucro y que no percibe ninguna subvención, ni estatal, ni autonómica y mucho menos europea, que tengan a bien de hacerla llegar a quien corresponda, que esperamos sea, el Defensor del Pueblo Europeo.

Atentamente y en espera de su contestación, reciba un cordial saludo.

Jose Luis

Secretario

CCMADEMEFA

Defensor del Pueblo Europeo

Avenue. Del President Robert Schuman

CS 30403-FR 67001

Strasbourg Cedex – Francia

Telf.- 33(0)388172313

Presentación y Denuncia

Estimado Sr./Sra.

Tenemos a bien, el proceder desde esta Asociación de ámbito español, la cual es una Asociación sin animo de lucro, que no recibe ningún tipo de subvención institucional, ni estatal, acreditada dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía (C.C.A.A.), con el nombre de “Custodia Compartida Málaga por los Derechos del Menor y Familia” (CCMADEMEFA) y a su vez incluida dentro de FADIE ( Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva), compuestas por hombres MALTRATADOS y perjudicados, por una Ley discriminatoria y totalitaria de ámbito Nacional, que atenta contra los Derechos Humanos por razón de sexo y en vista de la desigualdad por parte del Gobierno del Reino de España, de los políticos y del Poder Judicial los cuales incumplen la primera Ley por la que un Estado que se hace llamar de Derecho debería de regirse, como en esta Nación Democrática que es nuestra Carta Magna de 1978, además de nuestro Código Penal y Civil que están supeditada a la primera, nos encontramos en la necesidad de denunciar y dar a conocer, ante usted, Defensor del Pueblo Europeo, como integrantes de pleno derecho de esta Comunidad, los siguientes puntos por los cuales exponemos:

1. Con la denominación de “Violencia de Genero” desde el año 2004, en su nombre se han creado políticas que restringen las garantías de Libertad, reflejando el sistema Penal Español el desfase entre lo que proclama la Constitución sobre libertades y garantías, y lo que el Gobierno, políticos, jueces, fiscales, abogados y policías realizan en su trabajo diario.

2. Al limitar únicamente el ámbito de la violencia del hombre contra su pareja mujer, deja de contemplar que esta es ejercida también a la inversa, de la mujer hacia el hombre en relaciones de pareja, excluyendo como no puede ser de otra forma, a las parejas homosexuales (gay y lesbianas) que también sufren por desgracia esta lacra del siglo XXI, contraviniendo el Art. 14 de la Constitución Española el cual establece los principios de igualdad en esta Nación.

3. Mediante esta regla justifican una norma que hacen llamar de “Discriminación Positiva”, la cual implica una desigualdad hacia la mujer ya que es tratada de inferior en las relaciones de pareja, obviando que una cosa es luchar contra la “Violencia Domestica” y la “Violencia de Genero”, y otra muy diferente es el vivir a costa de ella, por lo que el principio de igualdad de la Constitución Europea y la de España a dejado de existir.

4. Desde la entrada en vigor en el año 2004 de esta Ley, que ni sirve, ni es útil para combatir la “Violencia de Genero”, sé esta impidiendo la mediación en las rupturas de pareja, volviéndolas aun más traumáticas de los que ya son, por el simple hecho de que esta no da dinero por parte de la UE, creando tales naufragios en los cuales los primeros en hundirse son nuestros hijos / as, ya que parten de la preexistencia de una desigualdad, que lo único que han realizado es convertirla en una “Guerra de Genero”. La normativa 1/98 del 21 de Enero de 1998, del Comité de Ministros del Consejo de Europa, ha dejado de existir en España.

5. La Resolución 12/1986 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, referente a la mediación y conciliación, ha dejado de existir en España.

6. En España al padre lo han convertido solo en un mero proveedor económico, algo periférico, alejándolo de las funciones paternales y despreocupándole forzosamente por Ley de la crianza de sus hijos / as.

7. El reglamento de la UE 2201/03, sobre “Responsabilidad Parental” el cual evita la aparición del SAP en los menores, ha dejado de existir en España.

8. En España, su Gobierno y el Poder Judicial, incumplen todos los tratados y convenios firmados en el ámbito Internacional, sobre Derechos Humanos, incumpliendo además la Constitución Europea y todo lo firmado en el TEHD de Estrasburgo.

9. En España se juzga, confundiendo los términos “Violencia Domestica”, “Violencia Machista” y “Violencia de Genero”, ámbitos en los que debería de quedar restringida el marco penal, esta expresión sacada de la Resolución de la Asamblea de la UN 48/104 de 20 de Diciembre de 1993 y reproducida en la Conferencia de Beijing IX/95 mediante la traducción del Ingles al Castellano y la cual según nuestra Real Real Academia Española (RAE) es incorrecta, se califica un enfrentamiento entre hombres y mujeres y viceversa como de maltrato, siendo un grave error, que además fomenta la obtención de intereses económicos y privilegios, por venganza, dándose la situación de que en un 90% de las denuncias son falsas, por lo que solo en el 2010, se genero él numero de 1.497 muertes de hombres inducidos al suicidio, por una ley discriminatoria, desigual y por la injusticia de la justicia y del gobierno que la ampara.

10. Desde el Observatorio Español sobre Violencia de Genero, se están inflando unas estadísticas por beneficios económicos, las cuales han sido y están siendo desmontadas por diversas Plataformas por la Igualdad Efectiva y Real entre hombres y mujeres, como puede ser a modo de ejemplo en la que interviene el Sr. Serrano, Juez de la Audiencia Nacional, siendo estas estadísticas, siempre sacadas de las aportaciones de dicho organismo, y quedando de esta forma real:

· De las 35.270 denuncias, en el 3º trimestre del 2010, resultan como sentencias condenatorias 7.604 el 29,9%, sobre el total de las sentencias concluidas y un 21,56% de las denuncias formuladas. Siendo 17.138 en un 67,08% las que no acaban en condenas, el resto unas 10.000 ni están, ni aparecen, siendo archivadas.

· Los datos del Observatorio sobre la LIVG, dan como referencia sobre 530 denuncias como muestra para demostrar que no existen las denuncias falsas, (mienten, gobierno, políticos, jueces y el observatorio. Siendo la realidad la siguiente, el 6,42% unas 34 denuncias, son apelaciones de sentencias en juicios de faltas. El 89,6% unas 472 denuncias, son apelaciones de sentencias en procedimientos abreviados. El 4.53% unas 24 denuncias, son sentencias dictadas en únicas instancias por Audiencias Provinciales.

· El Observatorio de la LIVG afirma que son 439 sentencias condenatorias, mienten, la realidad es que el 59,33% una 267, son insultos ocasionales entre ambas partes tras una ruptura traumática. El 21,78% unos 98 casos, se debieron a amenazas leves ante la negativa de la madre a que los hijos / as vieran al padre. El 10,22% unos 46 casos, se debieron al quebrantamiento de las condenas, propiciado en un 90% de los casos por la supuesta victima que además pidió medidas de protección policial, ordenes de alejamiento y ayudas económicas. Solo un 6,22% unos 28 casos, si pueden ser susceptibles de entrar dentro de esa “Violencia de Genero”.

· Ese 6,22% extrapolado al total de las sentencias del 3º trimestre del 2010, se convierten solo en 473 casos sobre 17.604. Esos 473 casos frente al total de 25.574 asuntos concluidos conforman el 1,85% del total de los asuntos.

· Este 1,85% no se puede ni se debe, hacer extensivo al 98,15% restante, por lo que existen 4.000 mujeres las cuales están olvidadas y no son atendidas a consecuencia del poder político, el gobierno, el poder judicial y las asociaciones afines, como consecuencia de las falsas denuncias con las cuales consiguen las ayudas de la UE que se reparten entre todos. Si esas 4000 mujeres existen, resulta que en España hay 130.000 hombres MALTRATADOS por una política discriminatoria y totalitaria por razón de sexo, que los lleva a la perdida del “HABEAS CORPUS”, la PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, a la DETENCIÓN del hombre de una forma INDIGNA y HUMILLANTE en mas del 75% de los casos.

11. En España se incumplen el Art. 456-457-458-459-460-461-462, de los Capítulos V/ VI sobre acusaciones falsas y simulación de delitos, sin perjuicio alguno para quien lo realiza en este caso la mujer, siendo protegida por el Gobierno, el Poder Judicial, el Instituto de la Mujer, los Políticos y Asociaciones afines que se lucran del dinero que sé redcibe de la Comunidad Europea para este fin.

12. En España se incumple el “Habeas Corpus” por norma general, Ley que se encuentra en nuestra Constitución desde el 24 de Mayo de 1984 y rubricada por SSMM D. Juan Carlos I. Esto no se hace con ningún TERRORISTA, ya sea de ETA, IRA, AL-QAEDA, etc., o cualquier otro de la misma índole.

13. En España ser hombre por nacimiento aquí o foráneo, que decida libremente convivir, casarse o ser pareja de hecho de una mujer en España, es arriesgarse a ser denunciado en el momento que sea y por cualquier motivo, convirtiéndote en culpable, siendo vejado y humillado, sin presunción de inocencia, convirtiéndote los poderes públicos en el nuevo paria de la sociedad sin derechos algunos, solo por el simple hecho de haber nacido hombre, valiendo solo la palabra de la mujer para ello, sin mas pruebas.

14. A los datos anteriormente citados no podemos por menos que añadir, el estudio realizado por D. José Luis Sariego, abogado y mediador familiar, además de ex asesor del Consejo del Poder Judicial (CGPJ), quien presenta en tesis ante la Comisión Europea en el 2010, los siguientes datos desmontando así las mentiras del Observatorio de Violencia de Genero en España, siendo estos los siguientes:

· Denuncias del 2007 al 2010. - 470.706

· Sentencias del 2007 al 2010. - 78.423

· Sentencias por delito del 2007 al 2010. - 40.081

· Sentencias por faltas del 2007 al 2010. - 29.341

· Sentencias por conformidad del 2007 al 2010. - 58.880

· Sentencias absolutorias del 2007 al 2010. - 14.359

· Sentencias condenatorias del 2007 al 2010. - 5.184 (1,10%)

· Recursos de apelación con absolución del hombre: condenas.- 4.002, recursos estimados.- 1.512, hombres realmente condenados.- 2.489, hombres inocentes con sentencias en primera y segunda instancias.- 24.061.

· Porcentajes de condenas sobre total: ciudadanos condenados.- 25.574 (100%), ciudadanos condenados.- 2.489 (9,73%), ciudadanos absueltos.- 23.085 (90.20%.

· Condenas “TRAMPAS” (por conformidad): sentencias sin conformidad.- 1.525 (61,9%), sentencias con conformidad.- 963 (38,71%.

· Éxito actual de la LVG (4T2010) según el CGPJ: Hombres denunciados.- 25.574, hombres condenados con el 100% de las garantías legales.- 1.525 (61,9%), cada condena a costado 423.000€ aprox.

· Vulneración de Derechos Fundamentales de la LIVG del 2004: Presunción de inocencia, inviolabilidad del domicilio, derecho de asistencia jurídica real, juicio sin dilaciones, derecho a tutela efectiva, derecho a asistencia medica, derecho a ser informado de acusación, derecho a HABEAS CORPUS.

· Ayudas de la UE por Videncia de Genero al estado español: por cada denuncia formulada 3.200€, por condena 0€, de 3.200 a 6.100€ para gastos de los servicios en la lucha de Violencia de Genero en España. ,

· Donde va y quien recibe ese dinero de la UE: Juzgados de VSLM, gastos en servicios nuevos de protección policial para la mujer, creación de nuevos puestos de trabajos en PIM, CIM e Institutos de la Mujer, etc., creación de nuevos puestos de trabajo en Diputaciones y CCAA relacionadas, ayudas y subvenciones a Asociaciones exclusivamente de mujeres, fondos para Colegios Abogados y Psicólogos relacionados, fundaciones y universidad (estudios), 15% ayuda a mujeres maltratadas (Seguridad Social, pisos tutelados, etc..

· Datos globales sobre fondos CGPJ: 650.000 denuncias desde la entrada en vigor de la Ley en 2004 a 3.200€ por denuncia, hacen una cantidad de 2.080.000.000€ de la UE, en la antigua moneda española seria de unas 347.360.000.000 Ptas.

· La Violencia de Genero en los presupuestos del Estado y las CCAA: el estado a destinado desde 2004 un total de 12.125.000.000€. Las Comunidades Autónomas, las Diputaciones y Ayuntamientos 21.200.000.000€.

· Pero cuando la sentencia es absolutoria donde va ese dinero?, Todos siguen cobrando, menos la mujer que denuncio. Se debería a todos los niveles sobre todo el EUROPEO de donde sale toda esta ayuda, reflexionar sobre estos datos.

· Cifras comparativas: mujeres muertas 2009. - 59 (presupuesto año 2.145.000.000€), muertes en el tajo 2009. - 4.651 (presupuesto año 342.000), muerte violentas niños / as.- 212 (presupuesto 0€), hombres muertos por Violencia Genero 2009. - 26 (presupuesto 0€.

· Fondos obtenidos directa o indirectamente por los partidos políticos: PSOE 42%, PP 28%, ERC/PNV 7%, IU 6%, CC/BNG 3%, Sindicatos UGT/CCOO 7%, VICTIMAS 5%.

15. Esta es la ley que en España, regula la culpabilidad de un inocente desde el momento que es denunciado por una mujer, perdiendo la dignidad, el honor, la libertad, la presunción de inocencia y sobre todo a sus hijos / as, mediante una ley totalitaria, inconstitucional, sexista que ordena y manda la culpabilidad de una persona por haber nacido hombre, el 25 de Octubre de 1999, la doctora Muriel Newman afirmaba: “la carencia del padre es la más grande patología del siglo XXI, pierden la conexión paterna y convierten a los padres en marginados……. Países del todo el mundo reconocen que la “Custodia Exclusiva” promueve el conflicto y la alineación parental (SAP), mientras que las leyes basadas en la cooparentalidad mantienen a los progenitores en contacto con sus hijos”.

16. En 1933 la IIª Republica de España y su marco político, aprueban una Ley que llaman de vagos y maleantes, la cual a groso modo decía que todo aquel que no tuviera oficio ni beneficio, ósea, que fuera pobre tendría que ser encarcelado y reeducado, con la llegada del movimiento y ya en 1939 con la victoria del bando nacional, se le añade además la palabra homosexual y esta queda en vigor hasta los años 90n en que se deroga, hoy en pleno siglo XXI, esta Ley vuelve a la palestra del ámbito nacional Español, pero con la denominación de LIVG, y con la única palabra de HOMBRE, convirtiéndonos así en los nuevos parias de la sociedad Española, por el simple motivo de haber nacido Hombre.

Atentamente reciba un cordial saludo en espera, de su contestación.

Juan Carlos Estrada

Presidente

CCMADEMEFA

“Custodia Compartida Málaga por los Derechos del Menor y Familia”

telf.- xxxxxxxxxxxxx

malaga.cc@hotmail.es

martes, 6 de septiembre de 2011

Subvenciones del PSOE a sus Acolitos Hembristas.

Encontrar aqui una Asociacion de Hombres y menores Maltratados que reciba ayuda en igualdad es como buscar a Curro en el Caribe.

Analizo tan solo 5 meses (de diciembre de 2010 a abril de 2011), y sólo a las asociaciones, federaciones o reuniones en general, de mujeres (y en algún caso de gays, transexuales y lesbianas, a los cuales respeto, y no todas estas asociaciones reciben la ayuda a no ser que sean amigos del Sr. Cerolo y todos no lo son), que, siendo sólo 14, han cobrado la friolera de más de 8.000.000€, cifra que repito en letras que creo que impacta aún más, más de ocho millones de euros. Si contamos todas las subvenciones dadas para programas de mujeres o conjuntos de mujeres en esos meses analizados, salen un total de 24.230.944,10 €. Un tercio de ello, está en estas 14 agrupaciones, el resto, hasta 213, se reparten las dos terceras partes que quedan hasta llegar al total analizado.


ASOCIACIÓN DE MUJERES JURISTAS THEMIS

517.862,00 €

ASOCIACIÓN DE MUJERES PROGRESISTAS “VICTORIA KENT”

232.444,39 €

ASOCIACIÓN MUJERES OPAÑEL

421.932,00 €

ASOCIACIÓN PARA LA PREVENCIÓN REINSERCIÓN Y ATENCIÓN A LA MUJER PROSTITUIDA

992.449,11 €

CONFEDERACIÓN NACIONAL DE MUJERES EN IGUALDAD

514.790,00 €

FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MUJERES ARENA Y LAURISILVA

259.348,00 €

FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MUJERES RURALES

357.790,00 €

FEDERACIÓN DE MUJERES PROGRESISTAS

1.557.227,10 €

FEDERACIÓN MUJERES PROGRESISTAS DE ANDALUCÍA

198.089,00 €

FEDERACIÓN ESTATAL DE LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES

547.490,00 €

FEDERACIÓN MUJER RURAL

263.250,00 €

FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DE MUJERES SEPARADAS Y DIVORCIADAS

808.750,00 €

FUNDACIÓN MUJERES

1.177.340,00 €

RED ACTIVAS

420.000,00 €

TOTAL 8.268.761,60 €

Ahora veamos cómo se reparten y para qué. Muchos de ellos programas muy loables. Y rogaría que si alguien tiene información de cómo ver in situ, en qué se ha utilizado mi dinero y qué resultado ha tenido, me lo hiciera saber. Estaré encantado de ver cuán bien se ha hecho uso de él.

ASOCIACIÓN DE MUJERES JURISTAS THEMIS

SEMINARIOS DE PRÁCTICA JURÍDICA DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO Y CURSOS MONOGRÁFICOS RELATIVOS A LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LA MUJER

37.036,00 €

DEMOCRACIA PARITARIA. MANTENIMIENTO Y DESARROLLO DE LA PAGINA WEB

8.970,00 €

REVISTA JURÍDICA DE IGUALDAD DE GENERO

15.956,00 €

SERVICIOS DE ASISTENCIA JURÍDICO-PROCESAL PARA MUJERES SEPARADAS O DIVORCIADAS O MADRES SOLTERAS QUE SUFREN VIOLENCIA ECONÓMICA-PATRIMONIAL Y NO COBRAN LAS PENSIONES ESTABLECIDAS EN RESOLUCIÓN JUDICIAL

169.975,00 €

ASISTENCIA JURÍDICA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE MALOS TRATOS POR PARTE DE MARIDOS O COMPAÑEROS

173.975,00 €

ASISTENCIA JURÍDICO-PROCESAL PARA MUJERES Y NIÑAS VÍCTIMAS DE TRÁFICO CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL Y DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL

63.975,00 €

VIOLENCIA FAMILIAR: ASISTENCIA JURÍCICO-PROCESAL PARA LA DEFENSA DE MUJERES SEPARADAS, DIVORCIADAS O MADRES SOLTERAS CUYOS PADRES NO CUMPLEN LAS OBLIGACIONES NO ECONÓMICAS FIJADAS EN SENTENCIA

47.975,00 € - 517.862,00 €

ASOCIACIÓN DE MUJERES PROGRESISTAS “VICTORIA KENT”

Programa de atención integral a víctimas de trata.

41.129,39 €

PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRAL PARA LAS MUJERES QUE EJERCEN LA PROSTITUCIÓN

8.865,00 €

PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA ENTRE IGUALES Y SENSIBILIZACIÓN PARA UNA CONVIVENCIA EN IGUALDAD

45.000,00 €

INTERCULTURALIDAD Y EDUCACIÓN EN VALORES

45.000,00 €

ACTUACIÓN INTEGRAL ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA DIRIGIDO A LAS MUJERES QUE EJERCEN LA PROSTITUCIÓN

43.725,00 €

PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN MUJERES EXTRANJERAS VULNERABLES

38.725,00 €

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO PARA ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO O EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL

10.000,00 € - 232.444,39 €

ASOCIACIÓN MUJERES OPAÑEL EMPRENDEDORAS EN RED

42.290,00 €

FORMACIÓN BÁSICA PRELIMINAR DE MUJERES PARA LA INSERCIÓN SOCIAL

79.450,00 €

SERVICIO INTEGRAL DE ASESORÍA A LA INSERCIÓN LABORAL DE MUJERES

85.450,00 €

BARDORÍ: FORMACIÓN INTEGRAL PARA LA PROMOCIÓN SOCIOLABORAL DE LA MUJER GINTANA

38.742,00 €

SUBVENCIONES COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO PARA LA INTEGRACIÓN

160.000,00 €

16.000,00 €

421.932,00 €

ASOCIACIÓN PARA LA PREVENCIÓN REINSERCIÓN Y ATENCIÓN A LA MUJER PROSTITUIDA

Atención integral a mujeres víctimas de trata

63.309,11 €

Una clave para la inserción sociolaboral: formación específica a víctimas de
trata

30.000,00 €

Unidad Móvil

65.000,00 €

ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN Y DIAGNOSTICO PARA MUJERES INMIGRANTES EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL

28.000,00 €

ROMPIENDO REDES DE TRATA: PREVENIR Y SENSIBILIZARF PARA ERRADICAR LA TRATA DE MUJERES CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL

14.108,00 €

ESCUELA ITINERANTE DE AGENTES SOCIALES: FORMACIÓN PARA LA MEDIACIÓN SOCIAL Y LINGÜÍSTICA

25.076,00 €

«CENTRO INTEGRAL EN DENIA»

16.606,00 €

ESTRATEGIAS PARA LA DETECCIÓN, IDENTIFICACIÓN Y ATENCIÓN A MENORES EXPLOTADOS/AS SEXUALMENTE

40.000,00 €

PISO DE ESTANCIAS BREVES

90.350,00 €

UNIDAD MÓVIL

45.000,00 €

CENTROS DE ACOGIDA

355.000,00 €

PISO DE ATENCIÓN A MUJERES VÍCTIMAS DE TRÁFICO Y EXPLOTACIÓN SEXUAL

145.000,00 €

OTRAS AYUDAS DE CARÁCTER SOCIAL COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO

75.000,00 € - 992.449,11 €

CONFEDERACIÓN NACIONAL DE MUJERES EN IGUALDAD IMPLANTACIÓN MOVIMIENTO ASOCIATIVO.

45.560,00 €

MANUAL DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GENERO Y BUENAS PRACTICAS-LAS JÓVENES COMO NUEVAS VICTIMAS

11.005,00 €

FORMACIÓN EN TIC A MUJERES PARA LA CAPACITACIÓN LABORAL TÉCNICA

10.225,00 €

CASAS DE ACOGIDA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

388.000,00 €

CURSOS DE FORMACIÓN EN EL ÁMBITO RURAL

30.000,00 €

CURSOS DE FORMACIÓN EN NUEVAS TECNOLOGÍAS

30.000,00 € - 514.790,00 €

FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MUJERES ARENA Y LAURISILVA PISOS TUTELADOS PARA MUJERES VÍCTIMAS DE MALOS TRATOS

146.000,00 €

CENTRO DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO A LA MUJER

39.558,00 €

CENTRO DE ASESORAMIENTO, APOYO Y SEGUIMIENTO PARA LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

56.000,00 € - 259.348,00 €

FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MUJERES RURALES

APOYO AL MANTENIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO DE LAS MUJERES RURALES QUE TRABAJAN A FAVOR DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES

62.790,00 €

COOPERATIVAS RURALES DE SERVICIOS DE PROXIMIDAD 2009-2010

255.000,00 €

SIRURAL

40.000,00 € - 357.790,00 €

FEDERACIÓN DE MUJERES PROGRESISTAS

Segunda fase consolidación organizativa de las mujeres para la toma de decisiones políticas, económicas, procesos de desarrollo local comunitario y promoción de la lucha contra la violencia de género de 10 grupos de mujeres rurales del departamento de San-HONDURAS.

54.600,00 €

Asistencia coordinada y protección integral a mujeres y niñas víctimas de trata

44.144,10 €

INTEGRAR ONLINE.

6.936,00 €

TIC, GÉNERO Y VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.

21.175,00 €

PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LOS CENTROS EDUCATIVOS.

12.750,00 €

FOMENTO DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO.

62.791,00 €

PROMOCIÓN DE LA LEY DE IGUALDAD EN LAS EMPRESAS.

16.473,00 €

EDUCACIÓN PARA LA SALUD EN JÓVENES: LAS RELACIONES IGUALITARIAS Y LA PREVENCIÓN DE EMBARAZOS NO DESEADOS

30.000,00 €

EN-CL@VE DE MUJERES

50.463,00 €

INTEGRACIÓN LABORAL DE LAS MUJERES

198.463,00 €

E-IGUÁLATE:PLATAFORMA DE ORIENTACIÓN SOCIOLABORAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

49.462,00 €

PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

417.763,00 €

SERVICIO DE ACOGIDA DE MUJERES INMIGRADAS Y SUS FAMILIAS

100.268,00 €

VOLUNTARIADO DE GÉNERO

59.149,00 €

Mº DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

40.000,00 €

Mº DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

150.000,00 €

Mº DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

235.000,00 €

Mº DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

7.790,00 €

1.557.227,10 €

FEDERACIÓN MUJERES PROGRESISTAS DE ANDALUCÍA ATENCIÓN Y APOYO A MUJERES QUE EJERCEN LA PROSTITUCIÓN

103.089,00 €

Mº DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

35.000,00 €

SUBVENCIONES 4º TRIM. 2010

60.000,00 € - 198.089,00 €

FEDERACIÓN ESTATAL DE LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES

Programa de promoción de la prueba de VIH en la comunidad LGTB

25.000,00 €

Programa de formación sobre la infección por VIH/Sida

12.000,00 €

Programa de prevención de VIH e ITS’s en mujeres transexuales que ejercen la prostitución y sus clientes Preventrans

48.000,00 €

Programa de prevención de VIH e ITS’s en varones que ejercen prostitución y sus clientes. VEP’s

40.000,00 €

¡¡¡Para varones en exclusiva!!!

Programa de prevención de la infección por VIH/Sida e ITS en población LGTB. Preventia

150.000,00 €

PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA VISIBILIDAD DE LAS MUJERES LBT (LESBIANAS, BISEXUALES Y TRANSEXUALES) A TRAVÉS DE LA FORMACIÓN Y EL USO DE LAS TIC

30.790,00 €

ORIENTACIÓN Y APOYO A FAMILIAS LGTB (LESBIANA, GAY, TRANSEXUAL Y BISEXUAL)

52.000,00 €

CONVIVENCIA JUVENIL

30.000,00 €

RED EDUCACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA DIVERSIDAD, LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, LA PAZ, LA CONVIVENCIA

60.000,00 €

ORIENTACIÓN Y APOYO PARA JÓVENES LGTB (LESBIANA, GAY, TRANSEXUAL Y BISEXUAL)

39.700,00 €

ATENCIÓN Y APOYO A MUJERES QUE EJERCEN LA PROSTITUCIÓN

103.089,00 €

SENSIBILIZACIÓN, APOYO Y FORMACIÓN DEL VOLUNTARIADO

60.000,00 € - 650.579,00 €

FEDERACIÓN MUJER RURAL

Mujeres en primer plano-PARAGUAY.

47.900,00 €

MANTENIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO DE FEMUR EN FAVOR DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

25.000,00 €

TALLER DIRIGIDO A PROMOVER LA CONCILIACIÓN Y LA CORRESPONSABILIDAD EN EL MUNDO RURAL.

10.000,00 €

FERIA INTERNACIONEAL DE LA MUJER RURAL: “PRONATURA”

150.350,00 €

SENSIBILIZACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL VOLUNTARIO PARA ASUMIR COMPROMISOS EN ZONAS RURALES

30.000,00 € - 263.250,00 €

FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DE MUJERES SEPARADAS Y DIVORCIADAS PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y ATENCIÓN INTEGRAL A MUJERES MALTRATADAS.

70.000,00 €

APOYO A LA FUNCIÓN ASOCIATIVA DEL COLECTIVO DE MUJERES SEPARADAS Y DIVORCIADAS.

35.500,00 €

MANTENIMIENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN, RECUPERACIÓN Y REINSERCIÓN DE MUJERES MALTRATADAS

644.250,00 €

SERVICIO DE ASESORÍA, INFORMACIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL A MUJERES MALTRATADAS

59.000,00 € - 808.750,00 €

FUNDACIÓN MUJERES

Fortalecimiento de las organizaciones para la participación política y empoderamiento de las mujeres ecuatorianas-ECUADOR

54.500,00 €

Empoderamiento, Salud Sexual y Reproductiva a jóvenes y mujeres empobrecidas en la Villa de San Francisco, FM, Honduras

54.600,00 €

BANCO DE BUENAS PRÁCTICAS Y DIRECTORIO DE RECURSOS EDUCATIVOS EN MATERIA DE INTERVENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

52.790,00 €

Mujeres jóvenes, empoderamiento y desarrollo en África Subsahariana

395.450,00 €

ACTÍVATE BUSCANDO EMPLEO

120.000,00 €

ACTÍVATE CREANDO EMPRESAS

220.000,00 €

SERVICIO DE APOYO INTEGRAL A PERSONAS CUIDADORAS SAIC

280.000,00 € - 1.177.340,00 €

RED ACTIVAS FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL PARA LA PROMOCION Y DEFENSA DE LA IGUALDAD DE GÉNERO Y LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE.

150.000,00 €

PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS Y LA SALUD DE LAS MUJERES EN AFRICA OCCIDENTAL.

270.000,00 € - 420.000,00 €

lunes, 5 de septiembre de 2011

Lo que Callan los Jueces


Ley Integral de Violencia de Género:

Al limitar únicamente el ámbito de aplicación a la violencia del hombre contra su pareja cuando es mujer, no consideran los casos en los que la violencia la ejerza una mujer, o la víctima sea un hombre, excluyendo también a la violencia en parejas homosexuales de ambos sexos. Sin embargo, esta ley está recurrida en el Tribunal Constitucional por varios jueces (la primera fue una juez de Murcia), ya que discrimina a los hombres heterosexuales por razón de sexo, al no considerar la violencia contra el hombre como «delito» como lo hace con la mujer, sino como simple «falta», lo que contradice el artículo 14 de la Constitución Española, que establece el principio de igualdad «sin ningún tipo de discriminación por razón de sexo». Éstos proponen que el agravante se realice en función de criterios subjetivos considerados objetivamente, como la especial vulnerabilidad del sujeto pasivo, considerando precisamente como machista que la mujer por definición sea considerada sujeto especialmente vulnerable por definición. La Asociación Profesional de la Magistratura afirma también que «no se puede imponer el sexo como criterio para aplicar una pena distinta en un mismo delito». Además discrimina a las parejas homosexuales ya sea de dos hombres o dos mujeres, ya que también se puede producir violencia en estas parejas y esta ley no contempla su existencia ni las ampara.

Por otro lado, el juez se ve limitado a condenar con pena de delito o a no condenar al sujeto, por lo que se disminuye el abanico de posibilidades punitivas. Según la Dogmática no puede imputarse al sujeto activo la circunstancia de que sea hombre, sino únicamente la de la naturaleza y circunstancias del hecho, por lo que esta ley establecería un marco penal arbitrario innecesario en base a consideraciones político-criminales, ya que el juez podría considerar criterios objetivos como la especial vulnerabilidad del sujeto pasivo como base para considerar un delito como grave. De hecho, al final del artículo se permite al juez razonar imponer una pena inferior en grado si lo considera oportuno, lo que da que pensar que ni siquiera el legislador está muy contento de la bondad de su regla. Otros problemas de interpretación es que el agravante por quebrantamiento de alguna medida cautelar o de seguridad o prohibición, plantea problemas non bis in ídem con el delito de quebrantamiento de condena. Esto plantea por un lado de nuevo una posible violación del principio ne bis in idem al considerar delitos ya juzgados o los tradicionales problemas derivados de una agravante por reincidencia. Y por otro, en relación con la prueba, que sólo se precise que «los hechos resulten acreditados», sin especificar si basta con la simple declaración de la sujeto pasivo o se requieren las de testigos o peritos; pero es que en todo caso, si el sujeto pasivo sufre stress, depresión o cualquier otra patología que pudiera conectarse con violencia psíquica, y sólo está su palabra contra la del denunciado que niega los hechos surge la duda de si existe una interpretación de los hechos pro muliere o pro victima cuestionando el principio de presunción de inocencia con todo lo que ello supone.

La presión de asociaciones feministas y de la opinión pública está llevando a tomar nuevas consideraciones dogmáticas. Un Simil, si bien tradicionalmente matar a una persona mientras dormía se consideraba alevosía y por ende podía calificarse de asesinato, hoy día se ha llegado a considerar que si la mujer poseía lo que se ha denominado «síndrome de la mujer maltratada» (miedo a enfrentarse cara a cara al marido) podría considerarse que no hay alevosía considerándose el delito como homicidio doloso con una pena inferior, e incluso que quede exculpada. Este razonamiento ha sido fruto de controversia, el Derecho repugna la violencia como vía cuando existen medidas efectivas para utilizar la vía de derecho, y por otro la inclusión de la Psicología, con la aparición y consideración repentina de un nuevo síndrome de dudosa entidad, parece justificar el uso de la alevosía en aquellos casos en los que el autor se vea incapaz de realizar el delito de otra forma.

Juzgados de Violencia sobre la Mujer:

El 29 de junio de 2005 se pusieron en marcha por primera vez los Juzgados de Violencia sobre la Mujer; 17 de nueva creación que junto con otros 435 órganos judiciales asumen la competencia exclusiva de los procesos de familia (separaciones, divorcios; guardias, tutelas y custodias de los hijos...) en los que sea parte la víctima con el fin de aunar las competencias del ámbito penal y civil, a fin de evitar que se acuda a distintas instancias judiciales, el que sólo puedan acudir a ellos las mujeres es un punto criticado por una importante parte del sector judicial. La Asociación Profesional de la Magistratura denunció que España se «convierta en el único país con tribunales específicos para un solo sexo» y el Consejo General del Poder Judicial cuestiona la constitucionalidad de estos juzgados en su informe, no vinculante para el Parlamento, y aprobado por 10 votos frente a 9. A juicio del CGPJ «existe posibilidad de tutela judicial para todos sin excluir ni postergar, es decir, sin eliminar ni discriminar a nadie». Para este organismo no es válido el argumento de que el varón no está discriminado ya que se le está excluyendo «del nuevo mecanismo judicial y de una manera concreta especialmente eficaz de obtener esa tutela, Igualmente se alude a que con dichos juzgados se crea «un principio de especialización pura y dura en violencia doméstica, pero se van a producir determinados problemas de acoplamiento en el sentido de que cuando la víctima sea un hombre seguirá siendo competencia de los juzgados de instrucción, pero no de los de Violencia.

Propuestas para el programa electoral del PP.

http://porlacustodiacompartidajaen.blogspot.com/2011/08/propuestas-programa-electoral-2011.html

PROPUESTAS PROGRAMA ELECTORAL 2011



Propuestas para el programa electoral del PP.

Simplemente hay que pinchar el siguiente enlace, Area: Garantia de la Sociedad del Bienestar, Temática: Familia, y en el campo de propuesta solicitar que se incluya en el programa electoral y se legisle la custodia compartida como derecho del menor, así como derogación de la actual Ley de Violencia de Género.

http://www.yocambiaria.es/

También se puede solicitar a otros partidos políticos:

http://www.izquierda-unida.es/contacto

http://www.upyd.es/modulos/contactar

http://www.partidoandalucista.org/and/participa, o bien ejecutivanacional@partidoandalucista.org

Otra forma de hacer llegar las propuestas es a través de las redes sociales de cada uno de los partidos y/o de sus dirigentes, por ej.:

www.facebook.com\marianorajoy

Un documento Histórico, allá por el 2002 en el Senado


13N MADRID


Derogación de las leyes sexistas basadas en la ideología de género.
Custodia Compartida por defecto sí.
Denuncias falsas no.
Síndrome de Alienación Parental no.
13 de noviembre de 2011. Puerta del Sol de Madrid. 12 horas.
Más información en:
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2011.html

Mas madera

Que desde el Ministerio de Justicia Faciliten CERTIFICADOS de Divorcio/Separación, a traves de la Secretaria Judicial de los Juzgados de Familia, en vez de Presentar Testimonios de las Sentencias de Divorcio/Separación y de Violencia doméstica, para cualquier tramite administrativo: Ayuntamientos, Hacienda, Colegios, Comunidad Autónoma, etc.....
Aqui teneis el enlace a la Web del Ministerio de Justicia y hacer la Solicitud a traves de la Red.
Copemos la web del Ministerio de Justicia de solicitudes